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El Fiscal General del Estado lo nombra el Gobierno. Habrá leído quizá que tras un informe del Consejo General del Poder Judicial y una comparecencia parlamentaria. En efecto es así. Pero ni el informe ni la comparecencia sirven absolutamente para nada, salvo para hacer el paripé. Pase lo que pase el Gobierno puede nombrar a quien quiera, siempre que tenga más de 15 años de ejercicio efectivo como jurista, único requisito objetivo porque el otro de tener «reconocido prestigio» es concepto verdaderamente difuso; la propuesta de nombramiento no resulta afectada por nada de lo que opinen el Consejo General del Poder Judicial ni las Cortes. Veamos la normativa y cómo se tramita, en general y en este caso concreto, como simple ejemplo. El BOE de 8 de diciembre de 2017 publica el nombramiento por el Gobierno del nuevo Fiscal General del Estado, enlace aquí.
Aquí, el artículo 124.4 de la Constitución:
«El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.»
Aquí, enlace a la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y, en concreto, el artículo 29, sobre el nombramiento de Fiscal General del Estado, precepto redactado conforme a la Ley 24/2007, de 9 de octubre, por la que se modifica la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, enlace aquí :
«Del Fiscal General del Estado
Artículo veintinueve
Uno. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial, eligiéndolo entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión.
Dos. Recibido el informe del Consejo General del Poder Judicial, el Gobierno comunicará su propuesta al Congreso de los Diputados, a fin de que pueda disponer la comparecencia de la persona elegida ante la Comisión correspondiente de la Cámara, en los términos que prevea su reglamento a los efectos de que se puedan valorar los méritos e idoneidad del candidato propuesto.
Tres. Una vez nombrado, el Fiscal General del Estado prestará ante el Rey el juramento o promesa que previene la Ley y tomará posesión del cargo ante el Pleno del Tribunal Supremo.»
La versión inicial de este artículo 29, es decir, la original de la Ley de 1981, enlace aquí y aquí, era la siguiente:
Uno. El Fiscal General del Estado será nombrado y cesado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial, eligiéndolo entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión.
Dos. El Fiscal General del Estado prestará ante el Rey el juramento o promesa que previene la Ley y tomará posesión del cargo ante el Pleno del Tribunal Supremo.
El cambio principal de esta ley de 2007, en lo que se refiera al nombramiento, consiste en la introducción sobre la ley de 1981 del apartado 2, que prevé una comparecencia en el Congreso. El Senado, por cierto, no pinta nada, como en tantos temas; aparte de que el Congreso en esto concreto pinte poco menos que nada, y lo poco que pinta no es vinculante, como veremos.
Obsérvese qué divertido lo que al respecto dice el Preámbulo de la Ley de 2007, de la época del Gobierno Zapatero, la ley que modificó la versión inicial de este artículo:
«Uno de los objetivos que se pretende alcanzar con la presente reforma es dotar al Ministerio Fiscal de una mayor autonomía en el desempeño de sus funciones, que contribuya a reforzar de cara a la sociedad el principio de imparcialidad que preside su actuación de conformidad con lo previsto en el artículo 124.1 de la Constitución.
Para ello, se modifica el régimen de nombramiento y cese del Fiscal General del Estado, estableciendo nuevas garantías adicionales en su regulación, y respetando en todo caso el sistema de designación que se regula en el artículo 124 de la Constitución. En este sentido, el candidato a Fiscal General propuesto por el Gobierno, tras la preceptiva audiencia del Consejo General del Poder Judicial, deberá someterse a una comparecencia ante una Comisión del Congreso de los Diputados antes de ser nombrado por el Rey.»
Prácticamente en los mismos términos se expresó el ministro del entonces Gobierno Zapatero cuando presentó esa ley de 2007 en las Cortes; aquí enlace al debate de Pleno en el Congreso, en 2007, del proyecto de ley 121/000118 y en pdf aquí: diario sesiones congreso 2007-246. Y lo pongo por duplicado porque esa sesión parlamentaria no tiene desperdicio. El PSOE en el Gobierno presenta ese proyecto, y el Partido Popular rechaza y ataca ese proyecto por todo los lados. Para muestra un botón, lo que precisamente dice en esa ocasión de 2007 en el Congreso el representante del PP:
¿»Pura apariencia para mantener el actual estado de cosas»? ¿Un estado de cosas, decía el Partido Popular en 2007, de un Fiscal General del Estado sumiso al Gobierno, con reconocida dependiencia política, nombrado sin intervención de las Cortes y a quien, además, le quería el Gobierno conferir la instrucción de los delitos, dándose lugar al escándalo de que la acción penal quede en manos del Gobierno?
Pues esa es exactamente la situación normativa a día de hoy.
En este enlace se incluyen todas las reformas que ha tenido el Estatuto del Ministerio Fiscal desde 1981; como puede comprobarse, no hay que afecte a cese y nombramiento ni, en realidad, prácticamente a nada. El Gobierno del Partido Popular lleva gobernando desde 2011 y en seis años no ha encontrado ocasión de promover la reforma que él mismo consideraba indispensable para que cesara legislativamente lo que el propio Partido Popular consideraba manifiesta vinculación política del Fiscal General del Estado con el Gobierno. ¿O pretenden decirnos en serio que la dependencia va en función del talante y el carácter del designado en cada momento? ¿Qué ley es esa en la que la dependencia depende del talante y el carácter del designado, en vez de datos objetivos? Ah, además, por cierto: una y otra vez el Gobierno insiste en que quiere dar la instrucción de los delitos al Ministerio Fiscal, sin dejar claro que a la vez modificará su dependencia; o sea, lo mismo que reprochaba al PSOE que pretendía.
Y es que una cosa es predicar y otra dar trigo.
Y una cosa es el Derecho y otra el Derecho inútil.
Aquí enlace a la propuesta de nombramiento, de Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2017,
Aquí enlace a la nota de prensa del Consejo General del Poder Judicial, sobre el informe emitido por esta institución con fecha 30 de noviembre de 2017, en que, ignoro por qué, se emplea el verbo «avalar» («El CGPJ avala [sic] la idoneidad de Julián Sánchez Melgar para ser nombrado fiscal general del Estado«), como si un informe preceptivo y no vinculante tuviera remotamente algo que ver con un aval de ningun tipo ni diera o dejara de dar validez a algo. Y en esos mismo términos de la nota de prensa lo recogen muchos medios de comunicación incluso en titulares; de esos voceros que se limitan a publicar acríticamente notas de prensa oficiales como si fueran noticias.
Aquí enlace a un medio periodístico que recoge el carácter de mero trámite de la comparecencia del propuesto por el Gobierno ante la Comisión de Justicia del Congreso; no es solo que da igual lo que el Congreso opine, sino que ni siquiera se vota. A día de la fecha aún no consta publicado el diario de sesiones de la Comisión de Justicia del Congreso de la comparecencia del actual fiscal general como trámite para su nombramiento, así que se incluye enlace al idéntico trámite seguido para el fiscal anterior en noviembre de 2016; como puede observarse, no solo es que dé igual lo que se diga sino que ni siquiera se vota.
Tenemos pues dos pasos entre el Gobierno que propone y el Gobierno que nombra.
Dos pasos inútiles. Suceda lo que suceda el Gobierno puede nombrar a quien quiera: la propuesta de nombramiento no resulta afectada por nada de lo que opinen el Consejo General del Poder Judicial ni las Cortes.
Lo dijo el propio PP en 2007, hace ya diez años.
¿Para qué sirve entonces esa tramitación inútil? Para lo que sirve todo el Derecho inútil: para apariencias. En el caso del Fiscal General del Estado, la apariencia de que no es sin más la persona nombrada quien le da la realísima gana al Gobierno de turno y dar la falsa impresión de que intervienen el Poder Judicial y el Poder Legislativo, además del Poder Ejecutivo, y ocultar que al Gobierno de turno, al que sea, y pasando años y años, no le interesa cambiar las cosas. ¿Le parece poco?
Verónica del Carpio Fiestas
Muy brevemente: no hay que firmar ningún pacto de Estado por la Justicia con un partido político en el Poder que está usando todos los trucos para intentar manipular la Justicia sistemáticamente y que además a todas luces no tiene ningún interés en que la Justicia funcione ni tampoco en llegar a acuerdos ni en cumplirlos.
Ningún operador jurídico con una mínima dignidad tiene nada que tratar con un ministro de Justicia, Sr. Catalá, que, con un cinismo que solo puedo calificar de institucional y de partido, pues es el mismo cinismo de su predecesor Sr. Gallardón, está defendiendo públicamente la necesidad de pactos desde hace años para hacer lo que podría haber hecho él mismo en los dos años y medio que lleva de ministro, y que repite el sonsonete del pacto incluso exactamente a la vez que está manipulando a la fiscalía para intentar que los corruptos de su partido no obtengan la condena que merezcan. Y solo los partidos que se crean interesadamente unas vacías consignas podrían firmar un pacto por la Justicia cuando existiendo YA un acuerdo público de TODOS los partidos, Partido Popular incluido, desde hace UN AÑO para suprimir las tasas judiciales a PYMES y ONGS, el Gobierno ha usado su veto para impedir que se tramiten proposiciones de ley en ese sentido y seguimos como estamos, y sin responsabilidad política por la inconstitucionalidad repetidamente declarada ya por el Tribunal Constitucional en varias sentencias de las tasas judiciales APROBADAS estando el Sr. Catalá de ministro. El Sr. Catalá, cadáver político de un partido y un gobierno que ya hieden, repite su vacuo sonsenete de acuerdo mientras manipula la Justicia, se difunden conversaciones inaceptables con personajes que prefiero no calificar, se imponen límites temporales a la instrucción para conseguir impunidad, se manipula a la fiscalía para proteger corruptos y encima se pretende conferir la instrucción a esos fiscales dependientes, se empeña en imponer un falso papel cero en los juzgados a sabiendas de que no funciona y en efecto no funciona, no sacan nuevas plazas de jueces y fiscales porque las que se convocan no cubren ni las jubilaciones, seguimos con el incumplimiento de las directrices del Consejo de Europea en materia de independencia judicial, nos venden como un gran éxito un presupuesto de Justicia para 2017 inferior al del 2010, no se ha creado un solo juzgado desde 2011, se hace caso omiso a los jueces que insisten en la necesidad de medios y, por si fuera poco, que ya da risa, se empieza a decir que el Registro Civil que nada menos que por real decreto-ley intentaron conferir a los registradores mercantiles, lo que anuló el TC, va a seguir como está con una nueva prórroga de vacatio legis de una ley de 2011 que lleva ya seis años de vacatio legis, record mundial.
Y si se hace ese pacto, que quede claro que no en mi nombre ni como ciudadana ni como abogada.
Ah, por cierto: ya hubo un aparatoso pacto de Estado por la Justicia en 2001, incluyendo para despolitizar la Justicia, firmado por PP y PSOE, que se daban muchas palmaditas por lo conseguido. En el Boletín del Congreso está, y en el BOE, y en la hemeroteca. Pregunten al PP y al PSOE qué eficacia tuvo esa despolitización; o mejor aún, no se lo pregunten. Y de cómo los juicios siguen tardando años, exactamente igual que antes, mejor ni hablamos.
Verónica del Carpio Fiestas
Lector, lectora, por favor, lea esto, en SU propio beneficio. Tiene usted que saber qué hay en marcha. Si incluyo fotos y recurro a metáforas y hasta bromas es porque es TAN SERIO, TAN GRAVE, lo que digo que no queda más remedio que escribirlo así; no se equivoque.
Lo de atacar ordenadores con troyanos informáticos se les ha ocurrido que sería buena idea a los “expertos” designados por el Gobierno que han redactado el horripilante borrador de Código Procesal Penal que, o usted y muchos nos movemos, o se nos echa encima para después del verano. ¿Ya había oído hablar de esto y no le gusta la idea de troyanos informáticos? Usted tiene que saberlo: es LO DE MENOS de esa ley. No se deje engañar por árboles que sacan para tapar el bosque. Y vamos a hablar de caballos de Troya.
El caballo de Troya lo fabricaron los que estaban fuera asediando Troya, los aqueos, para conquistar a los que estaban dentro, los troyanos. Lo sabe usted de sobra: el truco, ideado por Ulises, fue fabricar un gran caballo de madera hueco, llenarlo de guerreros y cuando los troyanos introdujeran el caballo dentro de la ciudad, salir y atacar, amparados por la noche. Magnífica solución, y ciudad tomada.
Qué bien hacían en llamar a Ulises «el astuto», ¿verdad?
No solo películas; innumerables obras literarias, pictóricas y escultóricas recogen el mito. Esta bloguera lo ilustra con un relieve clásico.
A los que se les ocurrió esa idea de usar troyanos informáticos -cosa que usted ya habrá oído por ahí- se les ha ocurrido plantearlo en el mismo futuro Código Procesal Penal encargar la investigación de asuntos penales a los fiscales, sin darles simultánea independencia -cosa que usted NO ha oído en ninguna parte-.
Unos fiscales que sigan sometidos, como ahora, a principios de jerarquía y subordinación, dependiendo pues del Fiscal General del Estado, que nombra el Gobierno.
Que los fiscales investiguen existe en otros países, y ya es cuestión de opiniones, gustos o modas jurídicas que investigue el juez instructor, como aquí, ahora, o que investigue el fiscal. Pero, ATENCIÓN a la fundamental diferencia, donde investigan los fiscales son OTRO tipo MUY DISTINTO de fiscales, pese a que coincida el nombre: allí son fiscales independientes, no como en España, donde están jerárquicamente organizados y legalmente subordinados y con dependencia, en definitiva, del Gobierno. Aquí los jueces son constitucional y legalmente independientes, y los fiscales NO lo son.
Cuando usted oiga a altos cargos españoles diciendo con voz campanuda y muy serios que en España hoy los fiscales son independientes, puede usted creerme: no es verdad.
O mejor dicho, y hay que decirlo alto y claro: es ABSOLUTAMENTE FALSO.
Esa dependencia está YA en la propia ley que los regula AHORA y eso no se plantea que cambie. Por si le sirve de dato, solo le digo que existen circulares e instrucciones oficiales, para fiscales, pinche enlace que es a la web oficial de la Fiscalía General del Estado, y sanciones o destituciones por incumplimiento de órdenes o discrepancia de criterios, mire la ley -el Estatuto del Ministerio Fiscal- y el BOE -donde consta la reciente destitución del Fiscal jefe de Cataluña por discrepancias con sus superiores. No es una perversión de una ley que diga otra cosa; es que ESTÁ en la propia ley actual.
Los «expertos» que han propuesto troyanos informáticos y jurídicos han sido condecorados por su brillante trabajo por el Gobierno, que además fue el que los escogió, con la máxima condecoración para juristas, la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort.
En época de grandes escándalos financieros, con perjuicio masivo para los más débiles, y corrupción rampante de partidos, incluyendo al partido en el poder, se pretende modificar la ley para que los fiscales, ESTOS fiscales, no OTROS fiscales, lleven la investigación de delitos, en vez de jueces instructores independientes.
Los MISMOS fiscales, en teoría encargados de defender la legalidad y al débil, a los que sus MISMOS superiores NO les están dejando proceder en vía penal contra los responsables de los productos bancarios tóxicos conocidos como «preferentes» y otras barbaridades financieras (vea este post «El andador» del otro blog de quien esto firma, sobre la indefensión masiva de los 300.000, 400.000 afectados/estafados por preferentes).
Los MISMOS fiscales que en tal sitio y tal otro están actuando, notoriamente, para DEFENDER a altos cargos de bancos y no bancos, en vez de para ACUSAR a altos cargos.
ESOS MISMOS fiscales, que sean los que LLEVEN la investigación de los delitos, en sustitución de los actuales jueces instructores legal y constitucionalmente independientes e inamovibles.
Y usted que ya se había enterado por las redes sociales de la barbaridad de los troyanos informáticos, se entera ahora de este otro caballo de Troya. Ni Twitter, ni los medios de comunicación, silencio total. Qué curioso ¿verdad? Árboles y bosque.
Esto de los fiscales, un caballo de Troya contra la Justicia. Sí, otro, MUCHO más letal que los programas informáticos que llaman, mal, troyanos; estos, meros caballejos de distracción para que no se vea el truco del caballo gordo. Un caballo de Troya de la Justicia, para controlar la Justicia. Estratagema de Ulises de hoy, también astutos. Los Ulises de hoy van en coche oficial y algunos son ministros de Justicia, o mas, bien, del sucedáneo de Justicia que será en breve y que ya está siendo en muchas cosas.
Porque las tasas judiciales fueron, están siendo, el caballo de Troya de la Justicia civil, contencioso-administrativa y laboral, para conseguir dejar indefenso al débil y la impunidad del poderoso y de la Administración. Ahora tocaba la Justicia penal, visto que los jueces instructores llevan una temporada dando mucho la lata, pese a estar sin medios. Porque usted puede creerse eso de que se están dando medios a los jueces para luchar contra la corrupción o contra lo que sea, porque lo diga un alto cargo, o creer a los jueces y, modestisimamente, a esta bloguera, que le dicen lo contrario.
Si quiere saber cómo anda de medios la Justicia, porque el otro caballo de Troya es el DINERO que NO se da para Justicia, lea otro post de esta bloguera, pinche aquí, que, según le dicen algunos, le salió a la bloguera divertido, en plan reír por no llorar. Por si no lo sabe, los juzgados en España aún usan fax.
El nombre que escogieron los informáticos para los «troyanos informáticos» es propio de despistados culturales, que oyen campanas y no saben de dónde y confunden al que ataca con el que defiende. Lo que opina esta bloguera de los «expertos» que proponen usar troyanos informáticos y que se confiera la investigación de delitos a fiscales dependientes, y de los que propician eso como legisladores, prefiere no decirlo.
Troya, por cierto, existió. Su descubrimiento es episodio apasionante de la historia de la Arqueología. ¿A usted no le interesa nada quién y cómo descubrió Troya? Santo y bueno. No le hablo de cómo Heinrich Schliemann, comerciante alemán del siglo XIX, que descubrió la verdadera Troya, que todos creían un mito.
¿Es la Justicia un mito, como se creía que era Troya en el siglo XIX? Esta bloguera pensaba que no; si no, no sería abogada, ni impartiría Derecho. Ahora se plantea si la Justicia descubrirá ya en ruinas algún Schliemann, dentro, de, pongamos, 2.000, 3.000 años. Un mito será la Justicia en breve, si estas reformas se llevan a cabo, a base de caballos de Troya; ya está empezando a serlo, con las tasas judiciales y el dinero, y faltaba entrar a fondo en la Justicia penal, pero se está en ello.
Aquí una foto de la excavación de las ruinas de Troya por Schliemann, hacia mil ochocientos setenta y tantos.
No se ve muy bien, porque, claro, en mil ochocientos setenta y tantos Troya estaba en ruinas. Esta bloguera preferiría que no fuera necesario que un Schliemann descubriera la Troya de la Justicia en ruinas dentro de centenares o miles de años. O cuando haya elecciones.
¿Sabe usted que cuando iban a meter el caballo de Troya, hubo una mujer que avisó a los troyanos para que no lo hicieran? Casandra se llamaba, y sobre ella pesaba una dura maldición: la de que nadie hiciera caso a sus advertencias. Hace ahora diez meses colgué un post en este mismo blog, avisando de la que se echaba encima con las tasas judiciales entonces en proyecto. Hoy, diez meses después, solo las empresas recurren en apelación sentencias desfavorables civiles, porque las personas físicas no puede pagar las tasas judiciales de un recurso. Y no lo digo yo: lo acaba de decir por escrito, en un artículo, nada menos que el Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, el magistrado D. Vicente Magro. Lector, lectora, muévase usted ahora; haga que me equivoque en este ingrato, tonto e indeseado papel de una Casandra jurídica de andar por casa que predice lo que es tal fácil de predecir. Ayúdeme a equivocarme.
Y si no se mueve, no diga después que no le avisaron.
Verónica del Carpio Fiestas
-Dedico este este post a los fiscales que están intentando parar esto. Afortunadamente, sé que los hay, como sé que hay fiscales que están intentando defender ahora a los más débiles estafados con productos bancarios tóxicos, y no les dejan. Con mi agradecimiento.-
Texto del anteproyecto: aquí ‘Codigo_procesal_penal.pdf’
Texto de las conclusiones de XXVIII Congreso de la Unión Progresista de Fiscales, San Sebastiáon, 24 y 25 de mayo de 2013. Valoración del Código Procesal Penal. XXVIII-CONGRESO-DE-LA-UNIÓN-PROGRESISTA-DE-FISCALES1-2 Especial interés: «el sistema estará llamado a abocar a un escenario de impunidad de los delitos de investigación compleja».»No cabe plantearse seriamente la asunción de la investigación penal por el fiscal sin que paralelamente se plantee la reforma de nuestro Estatuto Orgánico para introducir mecanismos eficaces de garantía de nuestra autonomía». Enlace a noticia periodística: aquí.